21 Enero 2025
El Juzgado de lo Social Nº 7 de Bilbao ha estimado la demanda de la viuda del trabajador de las subcontratas de la Naval y AHV, Jorge Juan U.O, fallecido a consecuencia del mesotelioma sarcomatoide en marzo de 2021 e impone a COFIVACASA e IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES un recargo del 50% de las prestaciones derivadas del fallecimiento por enfermedad profesional, dada la gravedad del incumplimiento preventivo y el resultado dañoso ocasionado.
A Jorge Juan U.O, se le diagnosticó en noviembre de 2020, un mesotelioma sarcomatoide falleciendo pocos meses más tarde por dicha causa. La Seguridad Social reconoció la prestación de Viudedad y Muerte y Supervivencia derivadas de enfermedad profesional.
Solicitado al INSS el Recargo de Prestaciones por falta de medidas de seguridad el 19 de agosto de 2022, la Resolución del INSS señala: “NO QUEDA PROBADA LA EXISTENCIA DE FALTA DE MEDIDAS DA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”. Presentada la reclamación previa, está fue desestimada en diciembre de 2012.
Según la prueba testifical de un compañero de trabajo del fallecido, ambos trabajaron en TALLERES EREÑO y CALDERERÍA BURCEÑA realizando trabajos para la Naval de Sestao y Altos Hornos de Vizcaya.
En la Naval reparaban buques o trabajaban en los de nueva construcción. No disponían de mascarillas de protección cuando instalaban tubos de ventilación en los barcos, coincidían en el mismo espacio con los calorifugadores que empleaban amianto en espacios muy reducidos y cerrados sin ningún sistema de extracción de humos ni gases. Manipulaban y cortaban el amianto con guantes y cúter, pero sin ningún sistema adicional de protección. No recibieron información sobre el riesgo, ni de las medidas de prevención necesarias. En Altos Hornos tampoco contaban con ninguna protección, a pesar de que los propios ingenieros verificaban el trabajo. Las medidas de seguridad, solo se comenzaron a implementar a finales de los años 80 y principios de los 90.
La demanda plantea que se aplique un recargo del 50% por falta de medidas de seguridad a las sucesoras COFIVACASA e IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES. Las empresas se oponen al recargo o que en todo caso no sea superior al 30%. La sentencia señala que el presente caso, considerando las características y gravedad del incumplimiento, así como el resultado dañoso producido, es el más grave posible con el fallecimiento del trabajador, procede imponer el 50%.
ASVIAMIE, Asociación vasca de víctimas del amianto muestra su satisfacción por la sentencia, la cual deja una vez más al descubierto los graves incumplimientos preventivos de las grandes empresas frente al riesgo de enfermedad profesional por las sustancias cancerígenas, así como la escandalosa permisividad de la Seguridad Social con dichas infracciones.
Para ASVIAMIE resulta inadmisible el desprecio a los riesgos que representan las diferentes sustancias cancerígenas, que tal como señala la Comisión Europea, son causa de la perdida de innumerables horas de trabajo y muchas más muertes que las generadas por los accidentes de trabajo. Por esa razón, dichas infracciones deben de ser castigadas con la máxima contundencia.
Fuente: www.rebelion.org
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