17 Febrero 2022
El Juzgado de lo Social número 4 de Pamplona ha condenado a la empresa Magotteaux Navarra S.A. al pago de 320.674 euros, más intereses, a un trabajador diagnosticado de incapacidad absoluta a causa de un cáncer pulmonar derivado del amianto inhalado en la fundición.
Concretamente, y según ha informado en un comunicado la Asociación de Defensa y Ayuda a las Víctimas del Amianto (Adavan), el trabajador estaba afectado de adenocarcinoma pulmonar, diagnosticado en 2011 y tratado con oxigenoterapia domiciliaria desde septiembre de 2020 por insuficiencia respiratoria progresiva.
En 2007 se le concedió una incapacidad absoluta por enfermedad común. En octubre de 2011 le diagnosticaron un cáncer pulmonar y en septiembre de 2020 nuevas lesiones pulmonares con importante disnea.
En julio de 2019, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoció la incapacidad absoluta, derivada de enfermedad profesional, dado que el adenocarcinoma pulmonar que padece "es compatible con la exposición al amianto y reúne el criterio de causalidad, independientemente del antecedente tabáquico del trabajador enfermo".
Según ha explicado la asociación, los hornos de la fundición estaban revestidos de placas de amianto y una vez degradado, lo quitaban con martillo neumático, "generándose gran cantidad de polvo, que retiraban con la pala en unos cestos, que mas tarde vertían en la escombrera". Una vez reparado el horno, nuevamente colocaban placas de amianto para proteger las resistencias.
Asimismo, ha añadido la asociación, en los moldes de arena donde vertían el caldo de acero "utilizaban manguitos y mazarotas que contenían amianto en su composición". Al romper el molde para extraer la pieza fundida, "se dispersaban cantidades de fibras de amianto y arena o Sílice, pudiendo ser inhaladas". La limpieza del puesto de trabajo era realizada "mediante escoba, sin utilizar métodos húmedos, ni extracción localizada del polvo".
Desde Adavan han asegurado que la empresa "en ningún momento informó a los trabajadores del riesgo que suponía el amianto, no les dio protección respiratoria a los trabajadores, no se les practicó reconocimientos médicos específicos según el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, y el enfermo estuvo expuesto al amianto durante 12 años".
Por su parte, la empresa señalaba que el cáncer pulmonar era derivado "del hábito de fumar del enfermo" y que la enfermedad no derivaba del amianto, tratando de "eludir sus responsabilidades por el prolongado incumplimiento empresarial de la amplia legislación de Seguridad e Higiene vigente, tal como recoge la sentencia".
En definitiva, Adavan ha asegurado que "queda acreditado el incumplimiento empresarial, la producción de un daño y la relación de causalidad".
Fuente: www.diariodenavarra.es
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