692 433 207 - 910 393 939
Recursos informativos online sobre el mesotelioma
noticias mesotelioma

Condenan a dos empresas al recargo del 50% de las prestaciones por no adoptar medidas de seguridad contra el amianto

17 Septiembre 2021

El Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao ha estimado la demanda presentada por la viuda de un trabajador fallecido a causa de un adenocarcinoma pulmonar, derivado del amianto, que reclamó un recargo del 50% de las prestaciones por la falta de medidas de seguridad, contra el INSS, TGSS, y las empresas.

Según ha informado Asviamie, el fallecido trabajó en una fundición de aceros desde mayo de 1976 a noviembre de 1983. En mayo de 2016, le diagnostican en el Hospital de Basurto, un adenocarcinoma pulmonar, a consecuencia del cual falleció tres meses más tarde.

En enero de 2017, el INSS emitió una resolución reconociendo el origen profesional de la enfermedad y su fallecimiento. Los diferentes puestos de trabajo que ocupó el trabajador en la planta implicaron el contacto directo con cancerígenos como el amianto, sílice cristalina y humos metálicos.

El 14 de febrero de 2019, se dictó sentencia de daños, por el Juzgado de lo Social números 8 de Bilbao, y se condenó a las empresas al pago de una indemnización de 153.000 euros por daños y perjuicios, derivado de la falta de medidas de seguridad ya que el fallecido "habría podido estar expuesto a fibras de amianto durante su vida laboral y también podría haber tenido exposición a sílice cristalina y a otros contaminantes químicos".

Pese a ello, la Inspección de Trabajo y el INSS, en resolución de 29-10-2019, rechazaron la existencia de responsabilidad empresarial por la falta de medidas de seguridad en el trabajo. Las empresas se opusieron, alegando falta de legitimación pasiva, e indicando que no tenían responsabilidad alguna, dado que no era clara la relación entre el fallecimiento y la enfermedad profesional, por el hábito tabáquico del fallecido.

Sin embargo, la sentencia ahora conocida valora el aspecto positivo de cosa ya juzgada, en tanto, que fueron condenadas las empresas, al pago de una indemnización en concepto de daños y considera evidente el incumplimiento empresarial de la legislación preventiva, estimando la totalidad de la demanda planteada y condenando a las empresas al pago solidario de un recargo del 50%.

Fuente: www.elderecho.com

Noticia completa

mas noticias
Opamianto

 

Noticias sobre el mesotelioma

Mesotelioma y cáncer de pulmón y de vejiga, las enfermedades profesionales más frecuentes en la UE

02 Abril 2025

Los cánceres ocupacionales afectaron a 3.309 personas en la Unión Europea...

Un juez rechaza el tercer intento de Johnson & Johnson de zanjar las demandas por el talco

02 Abril 2025

Un juez federal rechazó este lunes el tercer intento de la compañía Johnson &...

El Gobierno prevé poner en marcha el fondo público para víctimas del amianto antes de que termine junio

02 Abril 2025

Hay fecha para la puesta en marcha del fondo público con compensaciones para las víctimas...

mas noticias

USO DE COOKIES

Este sitio web utiliza cookies PHP para mantener la sesión del navegador y cookies de terceros (Google Analytics) para realizar tareas de analítica de visitas. Al continuar con tu navegación entendemos que aceptas nuestra política de cookies.

Acepto la política de cookies lea nuestra política de privacidad