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GM condenada a indemnizar con 99.911 euros a la viuda de un trabajador expuesto al amianto

19 Junio 2015

Social número 5 de Zaragoza ha condenado a General Motors a pagar a una mujer 99.911,38 euros, más los intereses, por los daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su marido como consecuencia de enfermedad profesional debida a la inhalación de amianto.

En los fundamentos jurídicos de la sentencia, el Juzgado estima que el trabajador "no fue protegido adecuadamente en su trabajo del contacto con el amianto" y además considera "acreditado el origen profesional de la enfermedad que le causó la muerte".

"El nexo causal entre el incumplimiento empresarial y el resultado dañoso es claro", añade dicha sentencia.

El hombre, que trabajó en General Motors desde 1983 hasta 2011, falleció con 57 años en diciembre de 2011 como consecuencia de un "derrame pleural izquierdo maligno por mesotelioma" derivado de una contingencia profesional.

El fallecido trabajaba en una nave del garaje donde se efectuaban reparaciones de vehículos acabados, pero de 1983 a 1986 estuvo en otra colindante, donde se hacía lijado de zapatas, que entre sus componentes tenían amianto y que se utilizaban por entonces para el Opel Corsa.

El juez considera que General Motors no adoptó las medidas necesarias para mantener la concentración de fibras de amianto lo más baja posible durante el lijado de estas zapatas, tal como establecía una resolución de la Dirección General de Trabajo de 1982, en la que se fijaban las condiciones en las que había que realizar estos trabajos, como instalar "un sistema de ventilación y extracción localizado para captar las fibras, o utilizar métodos de limpieza por aspiración o en húmedo".

En esta normativa se establecía como límite 10 fibras por centímetro cúbico, una cantidad que no se superó a juzgar por las mediciones que se hicieron en la empresa.

El juez hace referencia a un informe de la inspección de trabajo de 2014 que explica que se hicieron mediciones de los niveles de contaminación en 1984 y 1985 pero añade que "las concentraciones existentes no eran representativas" de las que podía haber cuando se hacían labores de limpieza.

General Motors, que tenía contratado un seguro de vida para los trabajadores, abonó a la viuda 26.460 euros en concepto de indemnización.

La esposa del fallecido pedía 426.571 euros en concepto de daños y perjuicios.

Por su parte, General Motors negaba que se hubieran incumplido las medidas de seguridad y alegaba además que el trabajador también estuvo desde 1970 a 1974 en otra empresa, en la que pudo estar expuesto a amianto.

El juez se opone a este último argumento, ya que en todo caso la eventual responsabilidad de la empresa sería solidaria y como tal no se exige demandar a todos los responsables.

General Motors ha sido condenada a pagar 126.371,38 euros a la viuda del trabajador, de los que hay que descontar los 26.460 euros abonados por el seguro, y a los que hay que sumar los intereses legales desde el día en que se interpuso la demanda.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días a contar desde cuando ésta, con fecha de 10 de junio, fue comunicada a las partes. 

Fuente: www.agencias.abc.es

http://agencias.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1891561

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